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Descripción
Por Garantías ante Aduanas (Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria) se entiende la cobertura que asegura ante esta Administración Pública el pago debido por las empresas importadoras de los aranceles correspondientes a importaciones de bienes.
Tipologías
a) Depósito aduanero:
El seguro cubre las responsabilidades establecidas en el artículo 101 del Código
Aduanero Comunitario que son garantizar las mercancías durante su estancia en el depósito aduanero, ejecutar las obligaciones que resulten del almacenamiento de las mercancías, las condiciones particulares fijadas en la autorización y el pago de los aranceles de las mercancías que salgan del depósito aduanero.
b) Importaciones temporales:
Se trata de seguros ante la Autoridad Aduanera para mercancías importadas que deben estar un periodo de tiempo en el territorio importador a la espera de
exportación.
c) Levante de mercancías:
La Autoridad Aduanera requiere estas garantías en las operaciones de importación para asegurar el pago del impuesto al que debe hacer frente quien recoge la mercancía en el lugar de llegada. Con dicho seguro, puede retirar la mercancía sin haber realizado el correspondiente pago.
d) Régimen de perfeccionamiento de activo (RPA):
Garantizan el tránsito de mercancías que entran en España, donde permanecen durante un determinado período de tiempo, durante el cual son transformadas y posteriormente exportadas.
Requisitos mínimos de contratación
– 300 mil euros de fondos propios.
– Un millón de euros de facturación.
– Antigüedad de tres años.
Documentación necesaria
– Cuentas oficiales (auditadas en el caso de que auditen y también las
consolidadas en el caso de que consoliden).
– Avance provisional.
– Modelo 347 o en su defecto detalle de sus principales clientes.
– Importe requerido y dependencia de aduana a la que se tiene que presentar