El Consorcio de Compensación de Seguros, la última protección

 

El Consorcio es una entidad adscrita al Ministerio de Economía y Empresa, sus funciones se encuentran en ámbito del seguro y entre ellas destacan, las relacionadas con la cobertura de los riesgos extraordinarios, el seguro obligatorio de automóviles y la liquidación de entidades aseguradoras.

El origen

El Consorcio de Compensación de Seguros español es una institución única en el sector asegurador internacional. ¿De dónde saca el dinero de la indemnizaciones? Del bolsillo de todos los que contratan un seguro, ya que éstos, dentro de su prima, pagan una aportación obligatoria para este fin, que permite garantizar la cobertura ante situaciones extraordinarias.

Los antecedentes de este organismo público se remontan al año 1941, cuando se creó el Consorcio de Compensación de Riesgos de Motín para dar respuesta a las pérdidas originadas por la Guerra Civil pero fue en 1954 cuando adquirió carácter permanente y pasó a llamarse Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).

Coberturas

Empezó cubriendo sólo los riesgos extraordinarios pero se amplió convirtiéndose en la última esperanza para los riesgos que no cubren las compañías convencionales como son;

  • Seguros de riesgos extraordinarios. “Cuando la causa del siniestro es la fuerza de la naturaleza”.
  • Seguros de automóviles, ya sean vehículos no asegurables por otras compañías o de organismos públicos. “Un seguro que no sabes que pagas” o “El seguro a todo riesgo: cuando todo no es todo…“

También se ocupan de que un asegurado por una compañía en concurso de acreedores no se encuentre desprotegido, así como ayuda a la liquidación de la misma.

Coberturas específicas

En otra de sus facetas nos encontramos concretamente con que el CCS se ocupa directamente de:

  • Seguros agrarios combinados. Este ramo de seguros protege a los agricultores ante siniestros climatológicos sin depender de la asistencia de las Administraciones.
  • Incendios forestales. El Consorcio es asegurador para toda persona accidentada por de su participación en laextinción de incendios forestales.
  • Riesgos medioambientales. Desde 1998 el Consorcio está integrado en el Pool Español de Riesgos Medioambientales. Este pool ofrece cobertura para los daños y perjuicios causados por la contaminación que se produzca de forma accidental.
  • Seguros nucleares. El Consorcio cuenta con la habilitación legal para asumir la cobertura del riesgo de responsabilidad civil derivada de accidente nuclear en España.
  • Fondo de reserva de los riesgos de la internacionalización de la economía española. Es una cobertura, mediante seguro por cuenta del Estado, de los riesgos asociados a las operaciones que las empresas españolas realizan en el exterior.
  • Registro de seguros obligatorios (RSO) contiene la información actualizada relativa a los seguros obligatorios existentes en España, ya sean de ámbito estatal o de una determinada Comunidad autónoma, y las disposiciones legales específicas que los regulan.

En resumen

Todas estas actividades están dirigidas a la protección de asegurado, permitiendo las acciones más sencillas, como localizar al conductor que huyó de un accidente pero del que conseguimos ver su matricula, hasta lo menos probable, pero también factible, como es un riesgo de fuerza mayor, como son las riadas, los daños por tornados, etc.

En cualquier caso es la última barrera de protección ante un siniestro y al depender del Estado, es tan fiable como la misma base de nuestra organización como sociedad. Para más información visita la web del Consorcio de Compensación de Seguros.

 

Fuente: Tiempo Seguro