Año nuevo, impuestos nuevos

 

Año nuevo, impuesto nuevo. Así hemos empezado 2021, con unos nuevos presupuestos generales del estado y nuevas medidas en el ámbito tributario y fiscal. Pero, ¿en qué consisten y cuáles son las principales novedades?

Los expertos en derecho tributario de ARAG explican al detalle los principales cambios a tener en cuenta a la hora de pagar los impuestos anuales.

 

IRPF

Como novedad este, año el IRPF aumenta la escala general del impuesto para rentas generales a partir de 300.000 euros. Este incremento conlleva una rectificación de la escala en 2 puntos, pasando del 45% al 47%. Asimismo, se añade un nuevo tramo en la escala de ahorro para bases superiores a los 200.000 euros con un tipo de gravamen de 26%.

Por otro lado, y además de la ya conocida modificación del límite de reducciones por aportaciones a planes de pensiones y derivados, se ha modificado la reducción adicional para aportaciones a favor del cónyuge, de los 2.500 euros iniciales a los 1.000 euros anuales.

Los límites excluyentes del método de estimación objetiva también se prorrogan. Es decir, la magnitud que determina la exclusión del método de estimación objetiva (rendimientos obtenidos de actividades económicas) y el límite relativo a las operaciones por las que exista la obligación de expedir factura cuando el destinatario sea empresario o profesional, se fijan en 250.000 y en 125.000 euros, respectivamente.

 

Impuesto sobre el patrimonio

Los nuevos presupuestos también incluyen la vigencia indefinida de una nueva escala de gravamen que afecta al último tramo de la tarifa, que pasa del 2,5% al 3,5%. Esta modificación deroga la temporalidad de este impuesto, reestableciéndolo de forma permanente.

 

IVA

La subida del IVA se notará a la hora de hacer la compra porque pasa del 10% al 21% en las bebidas que contengan edulcorantes añadidos, naturales y derivados, o aditivos edulcorantes. De todos modos, esto no afectará a leches infantiles y las bebidas consideradas como complementos alimenticios, y no se aplicará a la consumición en bares y restaurantes, para no perjudicar al sector en plena pandemia.

Los presupuestos también contemplan una prórroga en el régimen transitorio establecido para los ejercidos 2016 a 2020, que afecta a los límites que determinan la exclusión del régimen simplificado y del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca del IVA, donde se elevó la magnitud de 150.000 a 250.000 euros.

 

Impuesto de Sociedades

Este es uno de los impuestos con más modificaciones:

  • Modificación de la regulación de la limitación en la deducibilidad de los gastos financieros.
  • Modificación de la regulación en la limitación de la exención sobre dividendos y plusvalías derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes y no residentes en territorio español: la cuantía será del 5% del dividendo o la renta positiva obtenida. Asimismo, se modifica el artículo que regula la eliminación de la doble imposición económica internacional en aquellos dividendos que proceden de entidades no residentes en territorio español.
  • Las empresas que tengan un importe neto de cifra de negocios inferior a 40 millones de euros y que no formen parte de un grupo mercantil, tales contribuyentes no aplicarán la reducción en la exención de los dividendos durante un período limitado a tres años.
  • Se suprime la exención y eliminación de la doble imposición internacional en los dividendos o participaciones en beneficios y en las rentas derivadas de la transmisión de las participaciones en el capital o en los fondos propios de una entidad cuyo valor de adquisición sea superior a 20 millones de euros

Impuesto sobre la renta de no residentes

La exención por intereses y demás rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios, así como las ganancias patrimoniales derivadas de bienes muebles obtenidos sin mediación de establecimiento permanente, se ha adecuado a lo establecido en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Asimismo, se modifica la exención relativa beneficios distribuidos por las sociedades filiales residentes en territorio español a sus matrices residentes en otros Estados integrantes del Espacio Económico Europeo. De este modo, se suprime la posibilidad de acceder a la exención cuando el valor de adquisición de la participación sea superior a 20 millones de euros, y sólo se exige un 5% de participación directa e indirecta, siempre cumpliendo con las condiciones de la Ley del Impuesto. Esto será aplicable en las participaciones de 2021 a 2025.

 

Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre las primas de seguros

Estos nuevos presupuestos recogen una actualización del 2% de la escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos, respecto a la anterior.

Por otro lado, también varía el tipo de gravamen de las primas de seguros, incrementándose del 6% al 8%.

 

Impuestos locales

Se han creado nuevos grupos en las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, con el objetivo de clasificar de manera específica actividades de suministro, como electricidad o gas.

También se ha creado un epígrafe para “comercio mixto integrado en grandes superficies” que no se dedican a ropa o alimentación y otro para la actividad dedicada al suministro de energía a vehículos eléctricos a través de puntos de recarga públicos, en gasolineras, garajes, etc.

 

Impuestos especiales

  • Sobre hidrocarburos: los tipos impositivos al gasóleo y diesel de uso general y como carburante se elevan de 307 a 345 euros. En caso del gasóleo para uso profesional, también se aplica una devolución parcial.
  • Reducción en la base liquidable: Se establece una reducción del 100% en la base imponible que será aplicable sobre la cantidad de energía suministrada o consumida en el transporte por ferrocarril.
  • El tipo impositivo para el transporte por ferrocarril no podrá ser inferior a 0,5 euros.

 

Modificaciones en las tasas:

  • Se mantienen los importes de las tasas sobre el juego
  • Las tasas exigibles por la Jefatura Central de Tráfico se ajustarán al céntimo de euro cuando el importe originado de la aplicación conste de tres decimales.
  • Se mantiene el importe de la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico.
  • Se actualizan las tasas por licencia de empresa ferroviaria
  • Se mantienen las cuantías básicas de las tasas portuarias
  • Otra de las novedades de estos presupuestos es el incremento de las cuantías del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio. Será: a) diario, 18,83€, b) mensual, 564,90€, c) anual, 6.778,80€, y d) en los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional (SMI) ha sido sustituida por la referencia al IPREM será de 7.908,60€ cuando las normas se refieran SMI en cómputo anual, salvo que excluyeran expresamente las pagas extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 6.778,80€.

 

Fuente: ADN del Seguro