En vigor las multas en Madrid ZBE a los coches sin etiqueta

El período de aviso de Madrid Zona de Bajas Emisiones (Madrid ZBE) llega a su fin y a partir de las 00:00 horas del lunes 2 de mayo el ayuntamiento comenzará a sancionar telemáticamente a los coches sin etiqueta (turismos con etiqueta A) en el caso de que accedan a esta zona restringida. Esta ZBE incluye el interior de la carretera M-30, pero excluyendo la propia M-30, por la que sí podrán circular.

El ayuntamiento amplió dos meses la fase informativa de esta zona para ofrecer mayor seguridad jurídica a los ciudadanos debido a los últimos ajustes realizados en el sistema, ya que podrían haberse producido sanciones indebidas. Esta prórroga solo ha afectado a las multas telemáticas, a través de los dispositivos foto-rojos, ya que desde el 1 de enero los agentes de tráfico sí están poniendo multas cuando detectan un turismo sin etiqueta en esta ZBE.

Con la aprobación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, el pasado 14 de septiembre, en la que se regulan las nuevas zonas de bajas emisiones (ZBE), se ha establecido un nuevo calendario con restricciones de acceso a los vehículos que no tengan etiqueta medioambiental y nuevas medidas para mejorar el medioambiente y la seguridad en las calles de la capital.

Esta nueva ordenanza ha zanjado los defectos de forma de Madrid Central que puso en marcha la ex alcaldesa Manuela Carmena y que finalmente fue anulada por el Tribunal Supremo el pasado mes de mayo. Llegan nuevas medidas y restricciones para los ciudadanos que circulen por Madrid que se engloban en la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360 y que permitirán que la capital se vaya convirtiendo de forma progresiva en la ZBE más grande de Europa en 2024.

Recordamos, además, que la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, aprobada el pasado mes de mayo en el Congreso de los Diputados, obliga a todas las ciudades de más de 50.000 habitantes a tener zonas de bajas emisiones antes de 2023.

Las multas por foto-rojo en vigor

Las ZBE serán la herramienta que mayor impacto tendrá en la reducción de emisiones contaminantes del tráfico rodado y que con más eficacia permitirá cumplir con la normativa europea de emisiones. ¿Cómo afecta a los coches?

Finalizado el período informativo sin sanción automática a los supuestos infractores, la nueva zona Madrid ZBE pone en marcha el sistema de sanción por dispositivo telemático, o cámaras foto-rojo a partir de las 00:00 horas del 2 de mayo de 2022. Desde este día sí se tendrá que pagar la multa cuando la infracción sea captada por las cámaras de vigilancia.

Madrid ZBE entró en vigor el pasado 1 de enero y hasta el 9 de abril inclusive se han remitido 56.653 cartas informativas a los infractores, especificándoles las razones que han motivado su regulación, la fecha prevista para su efectiva operatividad y la cuantía a la que habría ascendido la sanción.

La media de accesos diarios en Madrid ZBE hasta el 9 de abril se ha situado en 185.843 vehículos; la media de accesos diarios indebidos ha ascendido a 942, un 0,51 % del total.

En este vídeo del Ayuntamiento de Madrid se explica de forma clara las restricciones en las diferentes ZBE en vigor en la capital:

 

https://youtu.be/XsuRPMEzt4M

 

¿Qué multa se paga por incumplir las restricciones?

En la cuantía de la multa encontramos también novedades. Con la actual Ley de Tráfico acceder a una zona de bajas emisiones no permitida constituye una infracción leve y conlleva el pago de 90 euros (45 euros si se opta por el pronto pago). Pero, ¡atención! Con la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico, Circulación a Motor y Seguridad Vial a partir del 21 de marzo, se considerará infracción grave y el infractor tendrá que pagar 200 euros (100 euros si es por pronto pago). Hasta esa fecha la multa era de 90 euros.

Las etiquetas medioambientales se utilizarán como criterio para el acceso, además se equiparan las medidas para comerciantes y residentes.

Además de Madrid ZBE, están en vigor otras dos zonas de bajas emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) que son: ZBEDEP Distrito Centro y ZBEDEP Plaza Elíptica. En ambos casos está prohibido el acceso a los vehículos sin etiqueta medioambiental (o también conocidos como ‘Etiqueta A’): los vehículos diésel matriculados antes del año 2006 o gasolina matriculados antes del 2000. Además los vehículos con etiqueta B y C solo pueden acceder si van a estacionar en un parking público o mediante invitación.

Calendario de restricciones para entrar en Madrid

 

Según la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible, éste es el calendario de prohibiciones a los vehículos sin etiqueta (también llamados ‘etiqueta A’). Primero afectará a los coches tipo turismos no domiciliados en la capital y sólo a partir de 2025 se extiende a los domiciliados en el ayuntamiento de Madrid y también a otro tipo de vehículos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores).

Desde el 1 de enero de 2022 no pueden acceder ni circular por el interior de la M-30 los vehículos A (sin etiqueta), se excluye la propia M-30 por la que sí podrán circular. Las multas se empezarán a emitir a partir del 1 de mayo de 2022.

A partir del 1 de enero de 2023, la prohibición se amplía a la propia M-30, a la que no podrán acceder ni circular por ella los vehículos sin etiqueta.

A partir del 1 de enero de 2024, estos vehículos A tampoco podrán acceder ni circular por el total de vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE.

A partir del 1 de enero de 2025 todas las prohibiciones se extienden a los vehículos sin distintivo que estén domiciliados en la capital. Desde esta fecha, tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) y que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones.

Los vehículos con clasificación B y C, Cero y ECO pueden entrar, estacionar y circular sin limitaciones (salvo las establecidas por Madrid Distrito Centro para los B y los C). Quedan exentos, hasta el 1 de enero de 2025, los vehículos A destinados a distribución urbana de mercancías.

Según datos del ayuntamiento, un vehículo sin distintivo emite de media para el municipio de Madrid 1,6 veces más de gases que un vehículo con clasificación ambiental B; 7,2 veces más que un vehículo con clasificación ambiental C y 47 veces más que un vehículo con clasificación ambiental ECO. De los 800.000 vehículos que entran en la ciudad de Madrid diariamente, 114.000 son sin etiqueta (14,25 %), además, en 2019 había censados 315.477 vehículos A en la capital, según la DGT, estos vehículos representan el 18% de los recorridos.

Una sentencia cuestiona los foto-rojo

Una reciente sentencia judicial dictada por el Juzgado nº 16 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid ha estimado un recurso promovido por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de uno de sus socios, y ha anulado una multa de 200 euros y la detracción de 4 puntos impuesta por la Directora de Gestión y Vigilancia de la Circulación del Ayuntamiento de Madrid por rebasar un semáforo en fase roja. El motivo de esta anulación ha sido por “la evidente falta de comprobación del estado de uso y homologación” del dispositivo con el que se captó la infracción que “es con toda probabilidad la causa que lleva a que los fotogramas que estos sistemas foto-rojo hacen sean oscuras y no permitan visualizar las matrículas de los infractores”. Además se condena con 150 € de costas al consistorio madrileño.

Según AEA, no es la primera vez que un juzgado madrileño anula una multa impuesta por un dispositivo “foto-rojo”, ya que como recuerda su presidente, Mario Arnaldo, “son centenares las sentencias judiciales que nos han venido dando la razón por la falta de garantías de este sistema de captación de imágenes utilizado por el Ayuntamiento de Madrid en 44 intersecciones de la capital desde hace más de una década. Esta es la primera resolución judicial que anula una multa “foto-rojo” porque el Ayuntamiento de Madrid no está comprobando las funcionalidades técnicas de estos dispositivos conforme a una nueva norma técnica que entró en vigor hace dos años y que obliga a acompañar a las denuncias 4 fotografías”.

El próximo 2 de mayo quince de estos dispositivos comenzarán a multar a los coches sin etiqueta que accedan al interior de la M-30.

Otras medidas de la nueva Ordenanza Municipal

La nueva ordenanza incluye otras medidas para mejorar la movilidad, sostenibilidad y la seguridad como son la obligación de que en vías urbanas con dos carriles por sentido el de la derecha se convierta en multimodal a 30 km/h siempre que las circunstancias técnicas y de seguridad lo permitan; la creación de una tarifa dinámica del aparcamiento regulado SER en función de la contaminación en la zona; las reservas de carga y descarga inteligente para vehículos de mercancías; plazas de rotación de 45 minutos en zonas especiales o la ampliación de metro a metro y medio la distancia que debe guardar un ciclista con respecto a un transeúnte y también de las fachadas, entre otras medidas.

A través de la web Madrid360.es los ciudadanos pueden introducir la matrícula de su coche y conocer de forma personalizada cómo les afecta las restricciones de acceso.

FUENTE: COCHES NET