COVID-19 NOTA INFORMATIVA A 12 DE NOVIEMBRE DE 2020

Gentileza de nuestro colaborador D. Fernando Fernández Vallinas, del despacho ETM, Estudio Técnico Mercantil

 

Ayer miércoles se celebró el acuerdo del Consejo del Diálogo Social de Castilla y León por el que se aprueba el Plan de Choque para favorecer el empleo y el mantenimiento de las empresas y del os puestos de trabajo más afectados por la crisis Covid-19, con un presupuesto de más de 82 millones de euros.

 

Las ayudas que se han acordado se instrumentan en las siguientes líneas:

 

1.- Fomento de la contratación.

Se establecen dos planes de empleo. El primero, cuyos beneficiarios son las Diputaciones Provinciales y los 16 municipios de más de 20 mil habitantes que tiene nuestra comunidad) tiene como destino la contratación de mujeres (preferentemente sin educación superior), personas desempleadas de entre 35 y 45 años (preferentemente que presenten cargas familiares) y personas paradas de larga duración (preferentemente quienes hayan agotado prestaciones por desempleo y en riesgo de exclusión social).

El segundo se refiere al fomento de la contratación temporal para facilitar la consolidación del trabajo autónomo y la conciliación de la vida laboral y familiar, en los supuestos de atención domiciliaria de menores, personas dependientes o con discapacidad, que deban guardar confinamiento domiciliario a causa del Covid-19. Tiene como objeto contratar personas desempleadas para sustituir a trabajadores que se encuentren en alguna de las situaciones descritas: autónomos que se encuentren en discapacidad temporal por contagio o aislamiento o en situación de atención domiciliaria de menores de hasta 12 años, personas dependientes o con discapacitada a su cargo, y para trabajadores por cuenta ajena que, prestando servicios en centros de trabajo en la comunidad, se encuentren en la situación de atención domiciliaria de menores de edad hasta 12 años, dependientes o con discapacidad a su cargo, que deban guardar confinamiento domiciliario. La subvención por la formalización de cada contrato será de 50 € por día en que el trabajador esté contratado.

 

2.- Programa de ayudas a trabajadores, autónomos y empresas.

Cuenta con un presupuesto de 18,5 millones de euros y se distribuyen en las siguientes líneas:

2.1.- Personas afectadas por ERTOPS de suspensión o reducción de jornada entre el 1 de octubre de 2019 al 30 de septiembre de 2020.

Beneficiarios: los trabajadores afectados por este tipo de ERTOPS tanto por suspensión del contrato como por reducción de jornadas y se haya visto afectado por un período de al menos 45 días dentro del período subvencionable (1/10/2019 al 30/09/2020).

Requiere que el centro de trabajo esté situado en Castilla y León, que tal centro no supere los 250 trabajadores, que la base de cotización de contingencias comunes del trabajador no supere los 53,33 €/día, incluida la parte proporcional de pagas extras. En los contratos a tiempo parcial o personas que hayan cotizado por un plazo inferior al mes natural se realizará el cálculo proporcional a su vinculación.

La ayuda es de 7 € por día con un máximo de 90 jornadas completas de suspensión dentro del período subvencionable y es incompatible con el hecho de haber percibido otras ayudas de la Junta de Castilla y León por haber sido afectado por un ERTE de fuerza mayor a causa del Covid-19.

2.2.-Ayudas para trabajadores de más de 55 años.

Se despliegan para ellos diferentes ayudas:

2.2.1.- Ayuda dirigida a compensar a los trabajadores de la disminución del importe de la indemnización reconocida en sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa a su favor a causa de despido o extinción de contrato cuando la indemnización es abonada por el FOGASA, entre el 1 de marzo de 2019 hasta el 31 de marzo de 2021.

2.2.2.- Ayudas para trabajadores de más de 55 de años con extinción de su contrato de trabajo derivadas de situaciones de crisis empresarial (despidos por causas objetivas, despidos colectivos, o resolución del contrato a instancias del trabajador por modificación sustancial de condiciones, falta de pago de salarios, etc.…), con la finalidad de financiar las cuotas a ingresar a la Seguridad Social en virtud de la suscripción de un Convenio Especial. La cuantía es de 500 € mensuales con un máximo de 24 mensualidades. El período subvencionable es desde al 1 septiembre de 2019 al 30 de septiembre de 2022, incluso con carácter retroactivo.

2.3.- Ayudas a la Hostelería

Tenemos dos tipos de ayudas, una de compensación de gastos, y otra de inversión:

2.3.1.- Para empresas del sector de la hostelería que no superen los 100 trabajadores, en las que el número de plantilla durante el año 2021 se haya mantenido en número igual o superior al 30% del que tenían antes de la declaración del estado de alarma (14 de marzo 2020), y que haya estado en suspensión o reducción de jornada al menos 45 días.

Se subvencionan las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes de los trabajadores desafectados de un ERTE de fuerza mayor o de un ERTOP.

Importe máximo de 3.500 € por beneficiario y el período de subvención va desde el 14 de marzo de 2020 (declaración del estado de alarma original) hasta el 31 de enero de 2021.

2.3.2.- Se establece una ayuda destinada a los establecimientos de hostelería que dispongan de un espacio de terraza (interior o exterior)

Se establece a favor de estos establecimientos que se encuentren en municipios de más de 20 mil habitantes, para la adecuación de espacios seguros para los clientes mediante cerramientos de terrazas, mobiliario de confort como estufas, cortavientos y mamparas. Se canaliza a través de Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales, de hasta un máximo del 100% del valor de la actuación con un máximo de 50.000 €.

Se subvencionan (pendiente de concretar las bases) las obras de cerramiento y todas aquellas necesarias para la instalación de los elementos de confort, las obras de reforma de espacios, el coste de proyecto y dirección facultativa de la obra, adquisición de mobiliario de confort necesario, tasas por licencias o permisos, seguros y cualquier otro coste para realizar la actuación.

Serán subvencionables las actuaciones llevadas a cabo entre el 1 de junio de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.

2.4.- Línea de apoyo a otros sectores afectados por la crisis.

Para empresas de cualquier sector diferente de la hostelería que no superen los 100 trabajadores, cuya plantilla durante el año 2021 se haya mantenido en número igual o superior al 30% del que tenían antes de la declaración del estado de alarma (14 de marzo 2020), y que hayan estado en suspensión o reducción de jornada al menos 45 días.

Se subvencionan las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes de los trabajadores desafectados de un ERTE de fuerza mayor o de un ERTOP.

Importe máximo de 3.500 € por beneficiario y el período de subvención va desde el 14 de marzo de 2020 (declaración del estado de alarma original) hasta el 31 de enero de 2021.

Efectivamente, es igual a la primera del apartado anterior. La razón de su separación está en la dotación económica específica a la hostelería (5 millones de euros) frente al resto de los sectores (4,5 millones de euros en total).

2.5.- Ayudas a autónomos de los sectores “Feriantes y Promotores de Orquesta”

Subvenciones para el fomento de empleo de autónomos feriantes y promotores de orquestas para mitigar los efectos de la caída de la demanda y los efectos sobre su solvencia. La ayuda es del 100% de la cuota por contingencias comunes y profesionales abonadas por los autónomos beneficiarios. Quedan pendientes de fijar las bases reguladoras.

 

3.- Programas de ayudas de carácter sectorial y territorial

Aquí se abre un abanico amplio que tiene como beneficiarios son las corporaciones locales y de derecho público o entidades sin ánimo de lucro, turistas, empresas, etc.…, con finalidades de promover campañas de dinamización y reactivación del comercio local, del fomento del consumo, de la organización de ferias comerciales, de turismo, de modernización, digitalización, mejora de la gestión del comercio y de la artesanía, y finalmente, para la adquisición de equipos de protección.

Entre otras cosas, nos pagan parte de las vacaciones; sí, ha leído bien. Se plantea la bonificación del consumo de servicios turísticos en la comunidad, por orden de solicitud, alcanzando al 30% de los gastos justificados, con un máximo de 400 € por solicitud. Se requiere contratar los servicios a través de empresas turísticas de la comunidad que estén inscritas en el Registro de Turismo de castilla y León y dispongan del Sello de Turismo de Confianza. Se subvencionan las visitas turísticas a través de guías oficiales, las actividades turismo activo, y los gastos de pernoctación (mínimo 2 noches consecutivas) en alojamiento hotelero, turismo rural, apartamento turístico, camping, alberge, viviendas de uso turístico, y también, aquí está lo mejor, se incluyen los gastos realizados en establecimientos de restauración. Requiere, esencialmente, estancia mínima de 2 noches y gasto mínimo por estancia de 200 €.

Vamos con las líneas de ayuda que nos interesan:

3.1.- Línea de subvención dirigida a la modernización, digitalización y mejora de la gestión del comercio de la comunidad. Comercio minorista

Dirigida a empresas, tanto personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica, que se califiquen como Pymes, desarrollen o tengan la intención de desarrollar su actividad comercial de acuerdo con las normas a tal fin establecidas por la Junta de Castilla y León (Ley del Comercio de Castilla y León, Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto), cuya actividad principal por volumen de negocio debe ser exclusivamente comercial y minorista (división 47 del CNAE 2009), excluyendo el tabaco, combustible para automoción, productos farmacéuticos, puestos de venta y mercadillos, y el comercio no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.

Quien lo solicite deberá darse de alta en el buzón electrónico del ciudadano (https://www.tramitacastillayleon.es ), y tiene como objeto la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de su gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales. La cuantía es del 40% del presupuesto aceptado por cada establecimiento, que no podrá ser (el presupuesto) inferior a 2 mil euros ni superior a 50 mil euros.

3.2.- Modernización de empresas artesanas.

Dirigida a empresas, tanto personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica, que tengan reconocida, por resolución expresa, la condición de taller artesano (o haber solicitado su reconocimiento o renovación o modificación de la condición de artesano previamente reconocida. Quien lo solicite deberá darse de alta en el buzón electrónico del ciudadano (https://www.tramitacastillayleon.es ). Se exceptúa la artesanía alimentaria.

Tiene como objeto la financiación de proyectos dirigidos a la modernización, mejora de la gestión sobre la base de la innovación y promoción delos establecimientos artesanos. La cuantía es del 75% del presupuesto aceptado por cada establecimiento, que no podrá ser (el presupuesto) inferior a 500 euros ni superior a 3 mil euros por la participación en ferias de artesanía, ni de 7 mil euros para el resto de gastos en su conjunto.

3.3.- Línea de ayuda para adquisición de equipos de protección colectiva frente a riesgos biológicos.

Esta línea, ya conocida, se establece para subvencionar la adquisición de equipos de protección colectiva frente a riesgos biológicos en cuantía del 80% del gasto subvencionable que no puede superar en ningún caso los 2.000 € por beneficiario, en un período desde el día 14 de marzo pasado (declaración del estado de alarma) y hasta el pasado día 1 de noviembre.

 

4.- Ayudas para la formación y transformación digital.

4.1.- Línea “Prográmate”. Línea de ayuda fundamentalmente para trabajadores ocupados, que prevé acciones formativas con más de 3 mil participantes.

4.2.- Línea “Prospect-Ecyl”. Prevé acciones de prospección e identificación de necesidades de empleadores y captación de ofertas de empleo, información y asesoramiento, intermediación con trabajadores, etc.…, para empresarios, entidades sin ánimo de lucro, fundaciones, asociaciones empresariales, etc.…, con capacidad para crear empleo.

4.3.- Impulso a la ciberseguridad.

Con una subvención máxima anual por industria beneficiara para apoyar los gastos de consultoría, ingeniería, hardware y software asociados al proyecto de 20.000 € para la realización de una o más actuaciones subvencionables, con un porcentaje máximo del 50% en diferentes actuaciones relacionados con la ciberseguridad.

4.4.- Impulso y fomento de la industria 4.0.

Línea de subvenciones para fomento de inversiones en nueva maquinaria y equipamiento avanzado, tanto hardware como software, con el objetivo de modernizar los entornos industriales. Se subvenciona el 50% de los presupuestos de gastos o inversiones máximas aceptadas, con un máximo de 100 mil euros.

4.5.- Actuaciones formativas por asociaciones representativas del sector dirigidas a comerciantes con especial atención a la digitalización comercial, buenas prácticas y adaptación al Covid.

Financiación de acciones formativas para los empresarios y trabajadores en Pymes del sector del comercio al por menor realizadas por asociaciones sin ánimo de lucro cuya finalidad sea la defensa de los intereses del sector del comercio al por menor.

 

5.- Ayudas para la Financiación

Se pone a disposición de los sectores del comercio, hostelería y turismo las siguientes líneas de financiación:

5.1.- Financiación por Confirming para compras del Canal HORECA a proveedores.

Operaciones de Confirming de Pymes y autónomos pertenecientes al canal HORECA (ojo Bodegas), por importe entre 6.000 y 300.000 euros a un plazo máximo de 36 meses, siendo el plazo máximo de pago financiado hasta 120 días. La comisión aplicada al Confirming en cada operación financiada será del 1% si el aval de la Sociedad de Garantía Recíproca es del 80% y del 1,40% si el aval de la SGR es del 50%. El importe financiable será el 100% de las necesidades de liquidez y la operación contará con una bonificación total de los gastos de la SGR.

5.2.- Financiación en áreas con medidas preventivas y en sectores con limitaciones de movilidad.

Operaciones avaladas de préstamo de Pymes y autónomos ubicados en municipios o áreas donde se adopten medidas sanitarias preventivas para la contención del Covid-19 por importe entre 6.000 y 100.000 euros a un tipo máximo de Euribor a 12 meses + 2,00% y plazo máximo de 60 meses, con la posibilidad de carencia de amortización del principal de 12 meses. El importe financiable será el 100% de las necesidades de liquidez y la operación contará con una bonificación total de los gastos financieros durante toda la vida del préstamo, tanto los gastos de las entidades financieras como los de la SGR.

5.3.- Línea del Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León para Micro pymes y Autónomos.

Operaciones avaladas de préstamo de micro pymes y autónomos para apoyar sus necesidades de liquidez y/o circulante por importe entre 6.000 y 40.000 euros a un tipo máximo de Euribor a 12 meses + 1,75% y plazo máximo de 48 meses, con la posibilidad de carencia de amortización del principal de 12 meses. El importe financiable será el 100% de las necesidades de liquidez y la operación contará con una bonificación total de los gastos financieros durante toda la vida del préstamo, tanto los gastos de las entidades financieras como los de la SGR.

5.4.- Programa ICE Financia

Programa de operaciones avaladas de préstamos compuesto por 13 líneas destinadas a emprendedores, autónomos y pymes del medio rural, sector comercio, sector agroalimentario, sector turismo, reemprendimiento, entre otros, para financiar sus necesidades de inversión y/o circulante por importe entre 6.000 y 750.000 euros a un tipo máximo de Euribor a 12 meses + 2,75% y plazo máximo de 180 meses, con la posibilidad de carencia de amortización del principal de hasta 24 meses, dependiendo de la línea que se trate . El importe financiable será el 100% de las necesidades de inversión o liquidez y la operación contará con una bonificación de los gastos financieros durante toda la vida del préstamo que va desde el 1,25%, 2% hasta total, dependiendo de la línea que se trate.

5.5.- Línea de Alojamientos Turísticos

Operaciones avaladas de préstamo de pymes y autónomos del sector alojamientos turísticos afectados por el Covid-19 para financiar sus necesidades de circulante por importe de hasta 400.000 euros a un tipo máximo de Euribor a 12 meses + 2,00% y plazo máximo de 60 meses, con la posibilidad de carencia de amortización del principal de 24 meses. El importe financiable será el 100% de las necesidades de liquidez y la operación contará con una bonificación total de los gastos financieros durante toda la vida del préstamo, tanto los gastos de las entidades financieras como los de la SGR. A esta línea se le ha añadido como sector beneficiado las agencias de viaje.

5.6.- Línea de apoyo para el mantenimiento de empleo

Línea de financiación a las empresas para el mantenimiento del empleo mediante préstamo destinado a Pymes y Autónomos. Operaciones avaladas de préstamo de pymes y autónomos para el mantenimiento de empleo, preferentemente comercio, hostelería y de alto impacto de la pandemia, incluidos en “mínimis”, por importe entre 20.000 y 200.000 euros (20.000 euros por empleado) a un tipo máximo de Euribor a 2 meses + 2,00% y plazo máximo de 60 meses, con la posibilidad de carencia de amortización del principal de 24 meses. El importe financiable será el 100% de las necesidades de liquidez o circulante y la operación contará con una bonificación total de los gastos financieros durante toda la vida del préstamo, tanto los gastos de las entidades financieras como los de la SGR, con un plazo de 6 meses desde la formalización para su justificación.

 

6.- Medidas en el ámbito local de Ponferrada

Publicado ayer en la página web de nuestro ayuntamiento, se informa de las siguientes ayudas:

6.1.- Moratoria ordinaria de impuestos y tasas hasta el 31 de diciembre de 2021 y extraordinaria hasta el 30 de junio de 2022.

6.2.- Hostelería: bonificación de un 90% en las tasas terrazas y veladores en el ejercicio 2021. Se establece un proceso municipal simplificado para la autorización de la instalación de terrazas y veladores durante el invierno.

6.3.- Bonificación de un 90% en la tasa de kioscos para el ejercicio 2021.

6.3.- Plaza de abastos: bonificación de un 50% de la tasa puestos exteriores y del 25% para los interiores de la Plaza de Abastos para el ejercicio 2021.

6.4.- Bonificación del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras, ICIO, para el ejercicio 2021: pasa de un 3,61% a un 2,90% (reducción del 20%)

6.5.- Bonificación del 75% de la tasa por nuevas aperturas.

6.6.- Bonificación de la Tasa de la Basura: abono de 50 o de 75 euros.

 

La información remitida hoy se basa en la documentación publicada por las fuentes oficiales (página web de la junta de Castilla y León) y no hemos visto los instrumentos de desarrollo de las ayudas o de bases o líneas concretas, que además serán desarrollados de ahora en adelante. Les remitimos en todo caso a la fuente de forma directa:

https://gobiernoabierto.jcyl.es/web/es/gobiernoabierto/transparencia/plan-choque-para-favorecer-empleo.html

https://www.ponferrada.org/es/ponferrada-hoy/informacion-linea-municipal-ayudas-comerciantes-hosteleros

12 de noviembre de 2020 - Esta entrada fue publicada en COVID19. Marcar el permalink.