Promede cree que el nuevo Baremo originará fuertes alzas en las indemnizaciones

 

Promede indica que la Ley 5/2025, que actualiza el sistema de valoración del daño corporal (Baremo de Autos), introduce modificaciones relevantes en el ámbito técnico-actuarial con el objetivo de incrementar las indemnizaciones, homogeneizar criterios y mitigar la incertidumbre en los cálculos periciales.

 

De su aplicación práctica se desprenden tres conclusiones clave:

 

  1. El nuevo baremo implicará incrementos indemnizatorios muy significativos, en algunos casos del 300%–400%.
  2. Las compañías aseguradoras deberán ajustar al alza sus provisiones técnicas y esquemas de reaseguro, dado el notable aumento del coste medio por siniestro.
  3. Resulta imprescindible avanzar hacia un baremo específico de daño sanitario, que aporte seguridad jurídica, equidad y previsibilidad en este ámbito.

 

El equipo de profesionales de Promede ha evaluado el impacto de las principales modificaciones. En concreto destacan que:

 

  • Las Bases Técnicas Actuariales (BTA) pasan a revisarse cada 5 años, salvo causa excepcional y se aprobarán por orden ministerial. Se confiere así, mayor estabilidad para el lucro cesante y la ayuda de tercera persona.
  • Los límites propuestos por el baremo, que se actualizan cada 1 de enero, tomarán como referencia el IPC del año anterior, en lugar de hacerlo por el índice de revalorización de las pensiones.
  • En los casos en los que el lesionado fallezca después de la estabilización y antes de fijarse la indemnización, se incrementa el importe de la indemnización puesto que ahora también se incluye como daño inmediato el 15% de lo que correspondería por perjuicio particular, por lucro cesante y por ayuda de tercera persona.
  • La reducción de ingresos por Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual (IPT) se considera mayor, por lo que la nueva regulación modifica los tramos por cada edad, ampliándolos para proporcionar mayor cobertura. Desde los 55 años en adelante se considera que se pierden el 90% de los ingresos mientras que en el anterior baremo este porcentaje era del 75%. El efecto creciente se va a observar especialmente en las edades cercanas a la jubilación.
  • Se configuran tablas nuevas (2.C.4.H y 2.C.5.H) para el cálculo de las indemnizaciones de lucro cesante cuando los lesionados están dedicados a las tareas del hogar.
  • Ampliación del número de horas de ayuda de tercera persona hasta 24 h diarias.
  • Cuando se aplican estas modificaciones a casos reales de lucro cesante o de ayuda de tercera persona, se pueden llegar a observar impactos sobre las indemnizaciones de entre 300% y 400%.

 

Desde Promede inciden en que, ante la inexistencia de un sistema para la determinación de indemnizaciones por daños derivados de actividades en el ámbito sanitario, los jueces y Tribunales siguen aplicando, con carácter analógico, el sistema de valoración de daños para accidentes de tráfico. Si bien el Tribunal Supremo venía reconociéndole el carácter orientativo, igualmente se encontraba establecida la imposibilidad de aplicación retroactiva del baremo no vigente a la fecha de los hechos.

 

No obstante, recuerda que el pasado mes de junio el Tribunal Supremo (Sala de lo Civil, Sección Pleno) dictó la Sentencia núm. 951/2025, de 17 junio del 2025 (JUR\2025\167453) que ha supuesto un cambio de doctrina a la anteriormente referenciada,  fijado como criterio para aplicación del baremo el de la fecha de presentación de la demanda, lo que implica en materia de responsabilidad profesional sanitaria que, siempre que así se solicite por el demandante, se podrá aplicar retroactivamente el baremo a daños acaecidos con anterioridad a la vigencia de estos.

 

En su opinión, la repercusión que lo anterior tendrá en materia de RC Sanitaria es el previsible aumento en todas las indemnizaciones, teniendo especial relevancia los supuestos de grandes lesionados, tanto desde el punto de vista de secuelas, como principalmente en las partidas relativas a perjuicios patrimoniales. «Por todo lo anterior, entendemos que resulta necesario que los distintos agentes involucrados retomen e impulsen una reforma integral de la responsabilidad civil sanitaria, que afecte tanto a la creación de un baremo específico de daño sanitario, como una reforma por parte del poder legislativo del artículo 20 de la LCS, cuya aplicación práctica a día de hoy difieren del espíritu del legislador cuando fue redactada y no se ajusta a la realidad social actual».

 

17 de septiembre de 2025 - Esta entrada fue publicada en NOTICIAS. Marcar el permalink.