El Supremo ve usura en los préstamos de las tarjetas revolving con un interés por encima del 20%

 

El fallo abre la puerta a demandas a las entidades si el interés supera este rango

Los clientes podrán recuperar todos los intereses pagados

 

El Pleno de la Sala del Tribunal Supremo ha declarado nulo por usura un préstamo concedido por WiZink a través de una tarjeta revolving cuyos intereses superaban el 27%. Según el alto tribunal, este interés sobrepasa el tipo de interés medio comercializado con estas visas indicado por el Banco de España cuando se firmó el préstamo, que se situaba en torno al 20%, mismo nivel que en la actualidad. La decisión del Supremo abre la puerta para que todos aquellos clientes que tengan un préstamo con un interés superior al tipo medio indicado por el supervisor nacional reclamen a la banca. En la actualidad hay más de dos millones de clientes con préstamos a través de las tarjetas revolving.

Según los datos de Barclays, la banca cotizada acumula préstamos concedidos por esta vía por un importe de 1.600 millones de euros. No obstante, hay que tener en cuenta que también hay varias entidades financieras que no son bancos que comercializan este producto.

El Supremo condisera que la referencia del interés normal del dinero que se debe utilizar para determinar si el interés de un crédito es usurario debe ser el interés medio aplicable a la categoría a la que corresponda la operación cuestionada. En este caso el tipo medio aplicado a las tarjetas revolving publicado por el Banco de España oscila en el 20%.

Además, al alto tribunal destaca que hay que tener en consideración que este tipo de operaciones de crédito van destinadas a un público que no pueden acceder a otros créditos más ventajosos. Asimismo, reseña que las propias peculiaridades de las visas revolving (el límite del crédito se va recomponiendo constantemente, los intereses y comisiones devengados se capitalizan para devengar el interés remuneratorio y las cuantías de las cuotas no suelen ser muy elevadas en comparación con la deuda pendiente), convierten al deudor en «cautivo».

 

El Supremo: «La concesión irresponsable de préstamos con tipos superiores sobreendeudan a los consumidores»

 

El alto tribunal asevera que las entidades no pueden justificar el alto interés que le aplican a estos créditos en el mayor riesgo de impago de los clientes porque «la concesión irresponsable» de préstamos con tipos superiores que sobreendeudan a los consumidores no pueden ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico.

WiZinK elevó el caso al Supremo después de que el Juzgado de Primera Instancia fallara inicialmente en su contra y después lo hiciera la Audiencia Provincial. Ahora el alto tribunal, rechaza el recurso de casación de la entidad y, por tanto, WiZink tendrá que devolver al cliente todos los intereses pagados por el préstamo.

Según la Sala, la regulación en España en materia de usura tiene más de un siglo de vigencia y utiliza «conceptos claramente indeterminados» como los de «interés notablemente superior al normal del dinero». A su juicio, en el caso de WiZink, y puesto que el tipo medio se sitúa en el 20%, fijar unos intereses que exceden el 27% ha de considerarse como «notablemente superior». No obstante, apostilla que el tipo medio del 20% «es ya muy elevado».

Llamada a los clientes a la acción

La presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), Patricia Suárez, señaló que la sentencia confirma que «de nada le ha servido a las entidades financieras la publicación diferenciada de los tipos de interés por el Banco de España porque el Supremo considera que sigue siendo desproporcionado para el cliente«. Además, desde la asociación defienden que el problema de las tarjetas revolving no es solo de usura sino de falta de transparencia, en tanto que la manera de amortizar la deuda es «realmente farragosa» y no es fácil de comprender para un consumidor medio. Asufin ya prepara demandas colectivas y particulares para defender a los usuarios.

Por su parte, Adicae llama a la acción para tomar medidas contra los bancos y las entidades de crédito que comercializan estas visas. La asociación va a iniciar una campaña por todo el territorio español para que los consumidores se unan contra este tipo de producto. Asimismo, ha asegurado que activará medidas de acción colectiva para la presentación de reclamaciones extrajudiciales, así como la vía judicial con demandas colectivas contra aquellas entidades que no asuman de forma inmediata y práctica los principios de la sentencia.

 

Fuente: El Economista